Tanto si eres extranjero como nacional, alquilar tu propiedad en Costa Rica conlleva obligaciones tributarias. ¡Pero no te preocupes, estamos aquí para ayudarte!
¿Qué impuestos debo pagar?
- Rentas de Capital Inmobiliario: Ideal para alquileres a largo plazo o sociedades sin personas trabajadoras. Luego de deducir un 15% de gastos sobre la renta bruta, se cobra un 15% sobre el 85% restante.
- Impuesto sobre las Utilidades: Si tienes al menos un colaborador, este régimen es para ti. Se grava la renta neta, y la tarifa varía.
- Impuesto al Valor Agregado (IVA):
- En Costa Rica se grava con un 13%.
- ¡Ojo! Si eres persona jurídica, podrías tener que pagar el Impuesto a las Personas Jurídicas.
CONTROL CRUZADO
En Costa Rica, desde el año 2024, se emitió la resolución MH-DGT-RES-0025-2024 sobre el Intercambio automático de información respecto de los vendedores que realicen actividades relevantes a través de plataformas digitales
Intercambio de información.
La normativa regula el intercambio automático de información relacionado con los ingresos generados por vendedores que operan en plataformas digitales de:
- Alojamiento: Ejemplo: Airbnb, Vrbo.
- Transporte: Ejemplo: Uber, Didi.
- Venta de bienes y servicios: Incluye plataformas de comercio electrónico.
Los operadores de estas plataformas estarán obligados a:
- Reportar anualmente los ingresos obtenidos por sus vendedores.
- Utilizar el Sistema de Intercambio de Información Financiera (SIIF) para realizar los reportes.Airbnb y los impuestos
SÍ O SÍ…
- Debes inscribirte ante la Administración Tributaria.
- Airbnb retiene el IVA, pero aún debes emitir facturas
- Debes presentar las declaraciones del IVA, y las de rentas de capital o impuesto a las utilidades, según sea el caso.
- Podrías estar sujeto a retenciones si los pagos los realiza una entidad costarricense.
- Si tu presencia en Costa Rica es significativa, podrías tener un establecimiento permanente.
Algunos consejos finales.
- Si no vas a estar en Costa Rica, evaluar la necesidad de un Representante Legal: Si la persona extranjera no reside en Costa Rica, podría ser necesario designar un representante legal o un apoderado fiscal en el país.
- Formalizar la Actividad: Inscribirse correctamente ante la Administración Tributaria bajo el régimen que corresponda a la actividad de alquiler ¡Con esto evitas multas!
- Si sos extranjero, se debe gestionar un NITE, Numero de Identificación Tributaria para poder realizar la inscripción de la actividad lucrativa en Hacienda. El NITE se asigna a personas extranjeras o entidades que operan en Costa Rica y no cuentan con cédula jurídica o cédula de identidad.
¡No solo es inscribirse, sino también hacer las declaraciones de impuestos!
Si requiere asesoría en temas inmobiliarios y fiscales, será un gusto atender sus dudas.
Esp. Derecho Tributario y Derecho Notarial y Registral.